Determinados ámbitos del Derecho se han llevado a cabo siempre de manera judicial, es decir, mediante un proceso ante los Tribunales. Sin embargo, en el año 2015 se aprobó la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que desjudicializaba algunos de estos procesos. Esto significa que ya no hará falta acudir obligatoriamente ante un Juez en los casos regulados por la ley, ya que algunos procesos podrán hacerse directamente ante Notario.
Uno de los ámbitos más trascendentes de esta ley fue la modificación del trámite de divorcio: efectivamente ahora se permite una nueva modalidad de divorcio ante Notario -posibilidad que antes no existía en nuestro país-. Para ello se deben cumplir unos requisitos previos: que exista acuerdo entre ambos cónyuges; que hayan transcurrido al menos 3 meses desde la boda y que no existan hijos menores o con capacidad modificada judicialmente. Si se cumplen estos requisitos, como decimos, ya podrá tramitarse el divorcio ante Notario. Será necesario, eso sí, contar con la presencia de un Abogado; la ventaja es que este abogado será el mismo para los dos miembros de la pareja, no teniendo que duplicar los gastos al contratar dos profesionales distintos.
Paralelamente al proceso de divorcio, la ley también permite la posibilidad de realizar matrimonios ante Notario. Así, desde el 30 de junio de 2017 las parejas podrán optar por esta nueva modalidad y contraer matrimonio civil sin acudir a un Juzgado.
De la misma forma, también será posible realizar ante Notario algunos trámites sobre adopción.
En definitiva, gracias a la Ley de Jurisdicción Voluntaria ahora será más sencillo y cómodo realizar determinados trámites legales. No obstante sigue siendo imprescindible contar con las figuras del Abogado y del Procurador. Además, estos profesionales pueden asesorarle de todas las dudas que surjan con carácter previo.
Queremos recordarle que desde nuestro Despacho en Málaga podemos ayudarle en todos sus trámites judiciales.