La movilidad geográfica, es entendida por el derecho laboral como un supuesto de flexibilidad interna de nivel medio, frente a otras más extremas como la figura del descuelgue. Esta se caracteriza y diferencia del resto, por requerir al trabajador su cambio de residencia habitual para poder atender al nuevo puesto de trabajo.
Existen varias categorías de movilidad geográfica, pero es quizás la unilateral individual, aquella que reviste mayor peligro por su facilidad de pasar desapercibida en grandes empresas. Se trata en suma de un traslado un trabajador o más a otro centro de trabajo de la misma empresa, traslado que debe tener carácter definitivo y que no deba ser consecuencia de la propia naturaleza de trabajo (ej.: contratos específicamente constituidos para prestar servicios en centro de trabajo móviles o cambiantes).
Como vemos, este traslado individual no supone necesariamente el traslado de un único trabajador, para acotar el concepto deberíamos acudir al artículo 40.2 del Estatuto de los trabajadores donde se especifican las condiciones para que un traslado sea colectivo, siendo los que no cumplan con tales condiciones, individuales.
Para poder efectuar este traslado, solo se necesita la voluntad unilateral del empresario expresando causa justa. Entendemos por causa justa lo que el art.40 ET razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Si bien este deberá comunicárselo al trabajador con un periodo mínimo de 30 días antes de que se prevea el traslado. Ante esta situación al trabajador se le presentan varias alternativas.
Optar por la rescisión del contrato, con un derecho a indemnización de 20 días de salario por año, hasta un máximo de 12 mensualidades. Aceptar el traslado, con derecho a compensación por gastos propios y familiares al cargo, compensación que nunca será inferior a la establecida en el convenio colectivo.
En caso de incumplimiento de alguna de las previsiones anteriores, el trabajador podrá impugnar el acuerdo, para que el Juez lo declare improcedente y reconozca su derecho a volver a su anterior centro de trabajo.