DENUNCIA, DEMANDA O QUERELLA ¿CUÁL SE USA EN CADA CASO? PROCURADOR MÁLAGA

A menudo los abogados y Procuradores que recibimos a nuestros clientes encontramos que tienen dudas con los conceptos de demanda, denuncia y querella. Son tres conceptos que en la vida cotidiana se utilizan de forma indistinta, pero que legalmente tienen diferente significado.

Una denuncia es un acto que se lleva a cabo ante la Policía, para dar constancia de unos hechos que han ocurrido. Lo característico de este concepto es que no se conoce la identidad del denunciado. Por ejemplo: a María le roban el bolso y lo denuncia ante la Policía. No se sabe exactamente quién ha sido el autor. Una denuncia no implica que se lleve a cabo un proceso judicial, ya que esto dependerá de lo que determinen las autoridades.

En una querella, en cambio, sí que se conoce la identidad de la otra parte.
Por ejemplo: Juan es agredido por su vecino Luis. Como Juan conoce la identidad de su agresor, podrá presentar una querella. Esto implica también que deberá realizarse obligatoriamente un proceso judicial, a diferencia de lo que pasaba con la denuncia.

Por último encontramos la demanda. La principal diferencia con los dos conceptos anteriores es que es un acto que transcurre por la vía Civil, y no por la Penal como en los otros. Así, por ejemplo, cuando dos personas se quieren divorciar interponen una demanda. Evidentemente esto implica que se conocerá la identidad de las dos partes, ya que de lo contrario el proceso no podría continuar.

Como vemos es importante conocer la diferencia entre los términos. No obstante le recordamos que desde nuestro Despacho en Málaga podemos ayudarle con cualquier duda legal que tenga. Las tareas de un Procurador son muy variadas e incluyen no sólo la representación legal de nuestros clientes, sino también ofrecerles las información que necesiten.
Le recomendamos pedir una cita previa para una mejor atención.

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